ARTÍCULO 3 FOTO 2

Alcaldías indígenas como una forma de organización comunitaria

Por Deysee Maribel Cotom Ixcot

Las autoridades indígenas existen desde antes de la invasión española, los indígenas tenían su propia forma de gobierno, íntimamente ligada con la forma de organización social que tuvo un corte abrupto con la colonización. Antes las autoridades se elegían por medio de procedimientos establecidos, en la colonia era la autoridad española quien elegía e imponía al gobernante del pueblo de indígenas con el objetivo de mantener el control del mismo.

Un antecedente de la primera forma en la que se nombró a la alcaldía indígena fue el Cabildo de indígenas, que era la autoridad del pueblo de indígenas en la época de la colonia. Durante esa época los españoles y criollos tenían sus villas y ciudades, los indígenas sus pueblos, cada uno tenía sus formas de gobierno. Cabe destacar que esta separación se hizo con el fin de que los indígenas y españoles no se mezclaran; establecer pueblos de indígenas aseguraba que sus habitantes no viajaran a lugares lejanos en donde fuera difícil ubicarlos para que dieran su trabajo obligatorio a los españoles y criollos. 

En 1811, se establecen alcaldías mixtas, esto con el fin de quitarle poder, autoridad y sobre todo autonomía a los pueblos indígenas. Así evitaban un autogobierno y aseguraban que el español tuviera control y poder sobre los indígenas. Esta alcaldía mixta  daba los puestos de más autoridad a los españoles y a los indígenas los dejaba en una función secundaria. 

En el siglo XX, los Acuerdos de Paz como producto del diálogo y negociación después de los 36 años de conflicto armado interno, surgen para disminuir las políticas de exclusión, marginación, racismo y desigualdad. Estos acuerdos permiten que hoy en día las alcaldías indígenas (término impuesto) se estén reconfigurando y reconstituyendo como autoridades ancestrales, parlamentos de los pueblos originarios, consejos de autoridades o principales. En el caso de los 48 Cantones, que así se denominan, tiene su razón de ser desde la histórica organización social de las comunidades. 

Las autoridades indígenas son diversas, en general responden a la cosmovisión del pueblo maya y específicamente a los contextos comunitarios o del pueblo donde se ubican, los cuales dictarán cuál será su forma de elección, que puede ser desde el ejercicio de su don o misión, o también como parte de su servicio comunitario obligatorio. Hay valores que las personas deben tener para ser consideradas y ser nombradas por la comunidad como autoridad indígena, los cuales son: servicio comunitario, respeto a todo los elementos de la madre tierra, solidaridad, respeto y cumplimiento de la palabra dicha. 

Hay alcaldías indígenas que tienen más reconocimiento y trayectoria, como por ejemplo: las alcaldías indígenas de Sololá y Chichicastenango, estas dos han luchado durante más años por visibilizar la institucionalidad propia de los pueblos indígenas, han ido abriendo brecha para el resurgimiento y fortalecimiento de otras autoridades indígenas a nivel nacional.

Se puede decir que el empoderamiento político de las alcaldías indígenas y/o autoridades ancestrales se fortalece. Antes solo se sabía de su función dentro del ámbito de su comunidad para resolver problemas entre vecinos y familias, o para el abordaje de situaciones de robos, violencia y secuestros. 

Algunas autoridades indígenas del país han tenido convenios de cooperación con el Ministerio Público y Organismo Judicial, en donde estas instituciones reconocen que cuando las autoridades indígenas empiezan a conocer el caso, deben respetar la sanción y no volver a perseguir y juzgar al victimario por la misma falta o delito.  

Que las personas resuelvan sus conflictos dentro del sistema de autoridades indígenas es más diligente, económico, conciliador y además es público (toda la comunidad se involucra). Este sistema tiene la función de educar y corregir, y además promueve el perdón. El que ha roto el equilibrio comunitario con su actitud debe restablecerlo. 

También existen datos que fortalecen la hipótesis de que donde las autoridades indígenas ejercen justicia hay menos índices de criminalidad. Por ejemplo en el Informe sobre la violencia homicida en Guatemala, presentado en marzo de 2022 por el Observatorio de la Violencia  Diálogos, Quiché y Totonicapán son los dos departamentos con las tasas interanuales y mensuales de homicidios más bajas.

Bases 

Existen principios fundamentales que las alcaldías indígenas y/o autoridades ancestrales aplican en su función: el Kixbal (vergüenza), Awas (afrenta), Pixab (Consejo) y K´ioq (consecuencias de las malas actitudes).  

Existen avances sobre la legitimidad teórica que el Estado les ha dado a las autoridades indígenas en el ordenamiento jurídico del país. Desde la misma Constitución Política de la República de Guatemala, artículos: 44, 46 y 66. También en los Acuerdos de Paz, específicamente el Acuerdo de Identidad y Derechos de los Pueblos Indígenas, donde se reconoce las formas de organización, su cosmovisión, sus propias autoridades y formas de gobierno. 

En el Código Municipal, artículo 8, donde reconoce como uno de los elementos del municipio a las autoridades tradicionales. También es importante el 55, sobre las alcaldías indígenas, en el que tácitamente expresa la obligación que tienen los gobiernos municipales y estatales de conocer, respetar y promover el sistema de autoridades ancestrales. 

A nivel internacional, el Estado de Guatemala ratificó el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo sobre Derechos de los Pueblos Indígenas y Tribales en países independientes. A lo anterior se suma que Naciones Unidas  emitió la Declaración Universal de los Derechos de los Pueblos Indígenas.

La existencia de un ordenamiento jurídico que respalda su actuar permite mayor involucramiento de las alcaldías indígenas y/o autoridades ancestrales en asuntos que afectan el desarrollo económico, social y político de las comunidades; aunque las autoridades oficiales muchas veces se opongan a esta función, pues prefieren que no se involucren y que se queden en el ámbito de lo cultural.

Hoy en día son las Alcaldías Indígenas y/o autoridades ancestrales quienes defienden su territorio de las empresas transnacionales, y quienes se han pronunciado por los actos de corrupción y situaciones del contexto político y económico que afectan a la población en general.

Inclusión

También se debe ser crítica con relación a que las alcaldías indígenas como parte de ese proceso histórico de colonización, tienen el patriarcado incrustado dentro de sus estructuras,  pues no existe participación real ni equitativa de mujeres. Por lo que se debe ir fortaleciendo su composición con el involucramiento de mujeres como autoridades indígenas, trabajar para generar condiciones idóneas para que  las mujeres sean parte de los espacios de toma de decisión dentro de las instituciones propias de pueblos indígenas. 

En un país racista, excluyente y discriminador, la lucha por fortalecer las instituciones y autoridades propias de los pueblos indígenas resulta ser una tarea titánica, pero, ¿cuándo no lo ha sido? 

Las autoridades indígenas deben estar conscientes que es importante articularse para lograr los objetivos sobre  las condiciones de equidad e igualdad.

Deysee, es maya K’iche´, de Quetzaltenango, activista con experiencia en el trabajo comunitario para la defensa del territorio, fortalecimiento de la identidad, sistema de salud ancestral, derechos humanos, derechos específicos de las mujeres y mujeres indígenas. Coordinadora Nacional del Consejo Directivo de la Asociación Política de Mujeres Mayas Moloj, Coordinadora Política de la Alianza de Mujeres y Mujeres Indígenas por el Acceso de la Justicia AMMI